Importante
La reciente sentencia del Tribunal Supremo puede tener consecuencias importantes para las solicitudes de residencia de determinados ascendientes que ya se encuentran en España.
Hasta ahora, uno de los principales obstáculos era acreditar la condición de “estar a cargo” cuando el padre o la madre ya se encontraba en territorio español. El Supremo ha anulado la exigencia de que esa dependencia económica tenga que producirse necesariamente en el país de origen o procedencia.
¿Qué supone en la práctica?
A partir de este pronunciamiento, la Administración deberá poder valorar la dependencia aunque el ascendiente ya esté en España.
Esto no significa que baste con demostrar el parentesco. Será necesario acreditar que existe una dependencia real, atendiendo a las circunstancias económicas y personales del familiar y a la ayuda que recibe.
Además, la sentencia puede hacer recomendable revisar casos que anteriormente se descartaron precisamente porque el padre o la madre ya se encontraba en España.








